Las nuevas reglas obligan a advertir cuándo una persona interactúa con un sistema automatizado y exigen identificar deepfakes y determinadas publicaciones generadas con inteligencia artificial. Las multas pueden alcanzar los 15 millones de euros.
Bruselas. La Unión Europea comenzó a aplicar una nueva etapa de su Ley de Inteligencia Artificial, estableciendo obligaciones de transparencia para que los ciudadanos puedan reconocer cuándo están interactuando con una máquina o consumiendo contenido generado o manipulado mediante IA.
Las disposiciones entraron en aplicación el 2 de agosto de 2026 y afectan a proveedores de sistemas generativos, empresas que utilizan estas herramientas, plataformas digitales y organizaciones que publican determinados contenidos automatizados.
El objetivo es reducir los riesgos de desinformación, fraude, suplantación de identidad y manipulación, en un momento en que las imágenes, voces y videos artificiales resultan cada vez más difíciles de distinguir de los materiales auténticos.
Los chatbots deberán decir que no son humanos
Los proveedores tendrán que diseñar sus sistemas para informar claramente a los usuarios cuando estén interactuando directamente con una inteligencia artificial.
Esta obligación incluye chatbots, asistentes virtuales, sistemas automatizados de atención al cliente y otras aplicaciones capaces de mantener conversaciones o responder solicitudes como si fueran personas.
Las empresas ya no podrán presentar deliberadamente un sistema automatizado como si se tratara de un empleado humano, especialmente cuando esa confusión pueda influir en las decisiones del consumidor.
Deepfakes tendrán que ser identificados
Las nuevas reglas también obligan a informar cuando una imagen, un video o un audio sea un deepfake que represente personas, objetos, lugares o acontecimientos de una manera que pueda parecer auténtica.
Esto incluye videos fabricados de figuras políticas, audios que imitan la voz de una persona, fotografías manipuladas y recreaciones de acontecimientos que nunca ocurrieron.
La advertencia deberá presentarse de manera clara, accesible y perceptible para el público. En obras evidentemente artísticas, satíricas o ficticias, la identificación podrá adaptarse para no perjudicar la experiencia del espectador, pero no desaparecer completamente.
No todo contenido creado con IA llevará una etiqueta visible
La normativa no establece que absolutamente cada texto, imagen o video producido con inteligencia artificial tenga que mostrar una advertencia visible.
Los proveedores de sistemas generativos deberán incorporar marcas digitales legibles por máquinas en contenidos sintéticos de texto, audio, imagen y video. Estas señales permitirán que plataformas y herramientas especializadas detecten su origen artificial.
Sin embargo, existen excepciones para funciones de edición convencional que no cambien sustancialmente el significado del contenido, como ciertos ajustes técnicos o correcciones menores.
Las etiquetas visibles se concentran especialmente en los deepfakes y en textos generados o manipulados con IA que sean publicados para informar al público sobre asuntos de interés general.
Medios con revisión humana tendrán una excepción
Una publicación informativa creada con ayuda de inteligencia artificial no tendrá necesariamente que llevar una etiqueta cuando haya sido sometida a una revisión humana real, exista control editorial y una persona u organización asuma la responsabilidad legal por su contenido.
Una simple corrección ortográfica, gramatical o formal no se considera una revisión editorial suficiente. Debe existir una evaluación humana capaz de comprobar, modificar y aprobar lo publicado.
Esta distinción resulta especialmente importante para periódicos, agencias de comunicación y medios digitales. La Unión Europea no prohíbe utilizar inteligencia artificial en el periodismo, pero exige que exista responsabilidad editorial cuando el contenido no sea presentado como generado por una máquina.
Multas de hasta 15 millones de euros
El incumplimiento de las obligaciones de transparencia puede provocar sanciones de hasta 15 millones de euros o del 3 % de la facturación mundial anual de una empresa, dependiendo de cuál sea la cantidad aplicable en cada caso.
Las autoridades nacionales de vigilancia del mercado serán las principales responsables de supervisar el cumplimiento. La Oficina Europea de Inteligencia Artificial también tendrá competencias sobre determinados sistemas y grandes plataformas.
La legislación contempla criterios de proporcionalidad para pequeñas y medianas empresas, pero no las libera de cumplir las reglas.
Algunos sistemas tendrán plazo hasta diciembre
Los sistemas generativos que ya estaban disponibles en el mercado antes del 2 de agosto de 2026 dispondrán de un periodo limitado hasta el 2 de diciembre para implementar las marcas digitales que permitan detectar los contenidos producidos por IA.
Los materiales generados y publicados antes del 2 de agosto tampoco tendrán que ser etiquetados retroactivamente, aunque la Comisión Europea recomienda hacerlo cuando sea posible.
El Código de Prácticas elaborado por la Unión Europea es voluntario, pero ofrece a las empresas una guía para demostrar que cumplen la ley. Las compañías que no lo adopten deberán acreditar mediante otros mecanismos que sus sistemas respetan las obligaciones de transparencia.
La regulación también puede alcanzar a empresas extranjeras
Las normas no se limitan exclusivamente a compañías establecidas físicamente dentro de la Unión Europea.
La Ley de Inteligencia Artificial también alcanza a proveedores extranjeros que ofrecen sistemas en el mercado europeo y a empresas situadas fuera de la región cuando los resultados producidos por sus herramientas sean utilizados dentro de la Unión.
Esto significa que plataformas, desarrolladores, agencias publicitarias y medios latinoamericanos podrían tener que adaptarse cuando presten servicios a clientes europeos o distribuyan contenidos destinados a ese mercado.
Un precedente para América Latina
La aplicación de estas reglas convierte a la Unión Europea en uno de los primeros grandes mercados en establecer obligaciones concretas para diferenciar contenidos humanos y artificiales.
Para Honduras y América Latina, la medida abre el debate sobre si deben adoptarse mecanismos similares frente al aumento de deepfakes políticos, estafas mediante voces clonadas, noticias fabricadas y publicidad que utiliza personas inexistentes.
La identificación no elimina por sí sola la desinformación. Una etiqueta puede ser ignorada, retirada o falsificada. Sin embargo, las marcas digitales y la obligación de reconocer públicamente el uso de inteligencia artificial crean responsabilidades que hasta ahora eran difíciles de exigir.
Europa no está prohibiendo los contenidos generados con IA. Está estableciendo que, cuando una creación artificial pueda confundirse con la realidad o influir sobre asuntos de interés público, el ciudadano debe tener derecho a saberlo.
